Certificados energéticos La Rioja

En nuestro portal Mundo Inmobiliario podrás obtener certificados energéticos La Rioja con garantía de calidad y al mejor precio del mercado. Tenemos una red de certificadores energéticos La Rioja que nos permite ser líderes en certificaciones energéticas La Rioja y también el resto de comunidades. Solítica ya tu certificación energética La Rioja rellenando el siguiente formulario:

Atención: Los campos marcados con * son obligatorios.


Registro del certificado energético en La Rioja

Registro del certificado energético en La Rioja

 

El Registro del certificado de eficiencia energética en La Rioja se realiza telemáticamente, es decir, a través de internet sin tener que desplazarse a ninguna oficina.

 

  • ¿Quién puede realizar el Registro del certificado energético en La Rioja?

El cliente (propietario de la vivienda) y el técnico. Para realizar el registro el técnico no necesita ninguna autorización expresa por parte del propietario.

  • Tasa autonómica al Registro del certificado energético en La Rioja.

El Registro en La Rioja no incluye el pago de ninguna tasa. Hemos de saber que hay comunidades autónomas donde si es obligatorio el pago de tasas, pero en este caso el Gobierno de La Rioja ha decidido no implantarlo.

  • Documentación, Registro e información telefónica del certificado energético en La Rioja.

http://www.larioja.org/npRioja/default/defaultpage.jsp?idtab=465327

Información: 941 291 711. Gobierno de La Rioja

  • Etiqueta energética en La Rioja

Se genera telemáticamente en el mismo momento de la inscripción.

  • Certificado energético en Logroño

Notícia de certificación energética en La Rioja publicada en http://www.certies.com

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Cifras de los certificados energéticos registrados en La Rioja

Industria ha registrado el certificado de eficiencia energética de más de 1.200 viviendas

 

El director general de Innovación, Industria y Comercio, Julio Herreros, ha destacado que en los dos primeros meses de funcionamiento del nuevo Registro de Certificaciones Energéticas se han registrado más de 1.200 viviendas.

Herreros ha recordado que el pasado 1 de junio entró en vigor el nuevo Real Decreto 235/2013, por el que se aprobaba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, cuyo objetivo es promover los edificios de alta eficiencia energética y el ahorro de energía.

Uno de los requisitos que establece el Real Decreto es que las Comunidades Autónomas establezcan un registro para inscribir los certificados de eficiencia energética que se vayan realizando. En este sentido, Herreros ha destacado que La Rioja ha sido una de las primeras regiones en ponerlo en funcionamiento.

En estos primeros meses de funcionamiento se ha registrado el certificado de eficiencia energética de más de 1.200 viviendas. De estas, el 86% son viviendas individuales, el 4,4% edificios completos de viviendas y 56 viviendas unifamiliares. Además, se han registrado 64 locales.

Julio Herreros ha explicado que el certificado de eficiencia energética comprende la calificación de eficiencia energética del inmueble mediante la etiqueta energética, que clasifica los edificios desde la A (favorable) a la G (desfavorable), y las recomendaciones para mejorar esa cualificación.

De este modo, se encuentran en el tramo C y D, aquellos edificios que cumplen estrictamente los requisitos energéticos exigidos por el Código Técnico vigente de 2006 y que corresponden con edificios de reciente construcción. En este tramo habría registrados un total de 224 edificios, lo que representa el 18% del total.

En las escalas A y B estarían aquellos edificios de alta calificación energética que superan con creces las exigencias energéticas del CTE incluyendo instalaciones técnicas muy eficientes y un gran aislamiento en la envolvente térmica, suponiendo apenas un 1% del total de los edificios registrados.

Por su parte, en las escala E se encontrarían la mayoría de los edificios registrados y construidos con anterioridad a la aplicación del código técnico vigente suponiendo un total de 781 edificios y un 65% respecto del global. Por último quedaría la franja de los edificios de baja calificación energética en las letras F y G con 196 edificios inscritos y suponiendo el 16,33% restante.

Funcionamiento del registro

El director general de Innovación, Industria y Comercio ha explicado que para poder inscribir un certificado en el registro es necesario disponer de un certificado digital instalado en el navegador de internet. El gobierno de la Rioja tiene un acuerdo con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que facilita la obtención de ese certificado a través de las oficinas de atención al ciudadano.

Desde la página web del gobierno de la Rioja (www.larioja.org) se accede al área de industria y energía y de ahí a la zona de certificación energética donde se encuentra el acceso electrónico al registro.

La inscripción puede realizarla el promotor o propietario o un representante legal del mismo. Cuando se accede al área de inscripción se abre un formulario electrónico donde se van pidiendo una serie de datos donde se identifica lo siguiente:

El edificio o parte del mismo y su uso

Solicitante

Técnico Competente

Promotor o propietario representado en su caso

Descripción procedimiento de certificación empleado.

Características energéticas del edificio

Calificación obtenida

Además de lo anterior hay que adjuntar en formato electrónico:

Archivo de datos del programa software reconocido que haya utilizado

Certificado de eficiencia energética en formato PDF y firmado digitalmente por el técnico que lo ha realizado.

Una vez se han cumplimentado todos los campos, el registro abre una ventana para firmar la solicitud realizando simultáneamente una declaración de responsable de que todos los datos son correctos. Una vez firmada la solicitud, la inscripción es instantánea y el certificado ha quedado inscrito. Posteriormente se realiza una revisión por los técnicos del área de energía solicitando en su caso una subsanación en el caso de encontrarse información errónea.

El sistema devuelve como justificante la etiqueta de eficiencia energética con el formato oficial y el registro de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Esta etiqueta es pública y puede descargarse desde la base de datos de consulta pública.

 

Notícia de certificación energética publicada en 

http://www.larioja.com

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Registro certificado energético en La Rioja

REGISTRO RIOJA:


Órgano competente: Dirección General de Industria, Innovación y Empleo.

TL- 941.29.17.11

Estado actual del Registro: Registro ACTIVADO.

Tasas: Nos comunican que de momento es gratis.

Forma de Registro: Telemático.

Registro por Cliente/Técnico: Cliente y Técnico.

Enlaces de interés:

Enlace. 1 (La rioja – Todas las características del registro)

Uso del registro

  • Requisitos de utilización
    • Ordenador con conexión a internet. Disponer de un Certificado Digital emitido por una entidad oficial, el mismo debe estar instalado en su explorador de internet. La Comunidad Autónoma de La Rioja en colaboración con la Fabrica nacional de moneda y timbre ofrece la posibilidad de obtener este certificado, acceda desde aquí a toda la información para obtener el mismo.
  • Firma digital del certificado de eficiencia energética
    • El certificado de eficiencia energética que se quiera inscribir deberá ser un documento formato PDF y deberá estar firmado digitalmente por el técnico que lo haya realizado. Acceda desde esta área a la zona del portal web donde se ofrece una aplicación online que pueden emplear los técnicos certificadores para firma digital de los certificados.
  • Preguntas más frecuentes y sus respuestas
    • La Comunidad Autónoma de La Rioja ha editado un tríptico informativo donde puede consultar las preguntas más frecuentes y conocer sus respuestas sobre la certificación y su aplicación. Descarga de tríptico [pdf- 445 kb]
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Si está pensando en vender o alquilar su vivienda en La Rioja, tiene que cumplir con la nueva normativa en materia de eficiencia energética en edificios existentes según se recoge en el “PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS”. Por lo tanto, tiene que contactar con profesionales que realizen certificados energéticos La Rioja.

Certificados Energéticos es una red de colaboración entre profesionales habilitados para realizar certificaciones de eficiencia energética en toda España.

Nuestros profesionales están altamente cualificados y le ayudarán a obtener la más adecuada calificación energética para su vivienda o local, siempre al mejor precio.

Solicite su certificación energética en La Rioja contactando con nosotros.

El Certificado Energético

El proceso de certificación energética de un inmueble es una labor compleja que, en esencia, exige:

-Una o más visitas de inspección al inmueble a certificar.

-La utilización de aparataje específico para el cálculo exacto.

-El levantamiento del plano del inmueble.

-Se recopilarán los datos administrativos y catastrales del inmueble, de los materiales componentes, de sus fachadas y cerramientos.

-Se recopilarán los datos del consumo eléctrico y de gas del inmueble durante el último año.

-El cálculo de la eficiencia energética del inmueble antes analizado, será realizado por personal técnico titulado, con formación específica.

-La elaboración de un exhaustivo informe en el que se cuantifica y justifica la asignación a la vivienda, local u oficina de una determinada etiqueta energética (A-B-C-D-E-F-G)

-La proposición de alternativas para la mejora de la etiqueta energética del inmueble en uno o dos grados.

-La entrega al cliente de tres copias del certificado energético que recoge todos los datos anteriores y que es válido para los siguientes diez años.

 

Si no se sigue este concienzudo proceso y/o el técnico certificador no cuenta con la formación adecuada, el cálculo asignará a la envolvente del edificio unos valores estimados mucho más desfavorables que los reales. Y el resultado será que el resultado de la calificación, aunque sea legalmente admisible, penalizará a su inmueble con una etiqueta energética que podría haber sido mejor realizando cálculos más afinados.

 

Como resultado, su vivienda adquirirá en el mercado un valor inferior al que merece. Por eso es extremadamente importante que la formación del técnico seleccionado sea verificada. En el caso de nuestra red de certificadores energéticos, todos los técnicos adscritos a la plataforma han sido validados por nuestro control de calidad, confirmando que son arquitectos y técnicos titulados en certificación energética.


Qué es el certificado energético

Se trata de un documento que describirá lo eficaz que es un inmueble en cuanto al consumo de energía.

¿Quiénes están obligados a realizar el CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA?

El propietario o promotor de un Edificio o unidad del mismo será el responsable de encargar la realización del Certificado de Eficiencia Energética.

 

¿Qué inmuebles están obligados?


Actualmente:

Edificios de nueva construcción; Modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una superficie útil superior a 1.000 m2 donde se renueve más del 25 por cien del total de sus cerramientos;
Edificios o unidades de edificios (pisos y locales) existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario. Edificios o unidades de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.

Edificios o unidades de edificios de titularidad privada que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 m2.

El ministerio de industria ultima una normativa que obligará a que todas las viviendas que se vendan o alquilen (Incluidas las usadas) en España cuenten con un “certificado de eficiencia energética”. 

 

¿Qué inmuebles NO están obligados?

 

a) aquellas edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas.
b) edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado de esta forma, o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, cuando el cumplimiento de tales exigencias pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto;
c) edificios o unidades de edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas;
d) construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años;
e) edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales;
f) edificios o unidades de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2;
g) edificios de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente,  y que se desarrollen en una sola planta y no afecten a la seguridad de las personas;
h) edificios que se compren para su demolición;
i) edificios o unidades de edificios de viviendas utilizados o destinados a ser utilizados bien durante menos de cuatro meses al año o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 % de lo que resultaría de su utilización durante todo el año.

 

¿Quién puede realizar el CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA?


El certificado de eficiencia energética de un edificio existente será suscrito por técnicos certificadores que estén en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, o de la certificación energética, elegidos libremente por la propiedad del edificio.

 

¿Debe registrarse el CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA?


Si, debe ser registrado por el propietario del edificio ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, que podrá llevar un registro de estas certificaciones en su ámbito territorial: “Se prevé que las administraciones públicas tengan en cuenta la eficiencia energética para regular una mayor o menor carga impositiva en función de la calificación energética del inmueble.”

 

¿Qué pasa si estando obligado no se realiza dicho Certificado?


Si estando obligado a la certificación energética por motivo de la compraventa u alquiler de una vivienda, local comercial u oficina, esta no se realizara, el vendedor o arrendador puede sufrir los siguientes problemas:
Ser sancionado por el órgano competente de su comunidad autónoma.
Que el contrato de compraventa o arrendamiento sea declarado nulo por no haber informado correctamente al comprador o arrendatario.
Que el vendedor/arrendador tenga que indemnizar al comprador o inquilino por los perjuicios ocasionados por la falta de información facilitada.