Seguramente todos los colaboradores de nuestra plataforma saben que el panel de control lleva un apartado de instrucciones. Al final del apartado 4.3 hay un enlace al apartado “Salvedades”.
¿Qué es una salvedad? El técnico recibe en virtud de su titulación una presunción de credibilidad, que le confiere una cierta autoridad en su ámbito de actuación. Esta presunción va acompañada de una considerable responsabilidad, que básicamene consiste en certificar lo que percibe como real. El incumplimiento de dicha obligación acarrea múltiples reproches, tanto civiles como penales, según las circunstancias del caso.
Al redactar el certificado energético el técnico certifica sobre los datos que el cliente le proporciona y los que ve en su visita. En el Anexo IV deberán expresarse las mediciones y comprobaciones realizadas, y suelen existir circunstancias ajenas a su quehacer que pueden hacerle certificar datos inexactos. Una salvedad es pues un texto a modo de observación sobre el alcance del certificado que el técnico coloca para salvar la responsabilidad en estos casos.
Ordenamos las salvedades según la necesidad de su colocación y según las circunstancias que las pueden motivar:
Salvedades a colocar siempre:
1. “El presente certificado caduca a los Diez Años desde la fecha de su firma.”
2. “La información referida a la propiedad del inmueble objeto del presente Certificado han sido proporcionados verbalmente.”
3. “Las cifras sobre el Consumo de Energía y las Emisiones que expresa el presente Certificado Energético son las obtenidas por el uso profesional del programa reconocido
CE3/CE3X para unas teóricas condiciones normales de uso. Por lo tanto las cifras empíricas reales de ambos conceptos dependerán de las condiciones de funcionamiento del
inmueble y de otros muchos factores.”
4. “Los costos de las obras planteadas por el presente Certificado para la mejora de la calificación del inmueble son orientativos, habida cuenta de que han sido calculados con
datos extraídos de Bases Estadísticas de Precios de la Construcción de carácter oficioso, y que en todo caso su precio definitivo se fijará en el momento de la contrata de las obras
descritas.”
Salvedades a colocar en caso de problemas con la Referencia Catastral. Son más habituales de lo que pudiera pensarse.
Caso 1. Cuando no existan datos del inmueble en las Bases del Catastro:
“Se advierte que la consulta telemática a la Oficina Virtual del Catastro no ha arrojado ningún dato sobre el inmueble certificado”
Caso 2. Cuando los datos existan pero sean discrepantes con la realidad:
“Se advierten discrepancias entre los datos reflejados por la Referencia Catastral del inmueble certificado y la realidad física, que sin embargo no impiden su identificación y que
no influyen sobre la calificación energética asignada por el presente Certificado.”
Salvedades a plantear cuando el certificado sea de un inmueble representativo de un conjunto de inmuebles semejantes energéticamente entre sí:
“Se advierte que se ha certificado el presente inmueble en su carácter de representativo del conjunto construido en (dirección) y que representa y por ello se puede extender la calificación a los siguientes inmuebles del mismo conjunto: (Referencia catastral – dirección de cada uno).
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